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rez de lege Regia, §. 15. num. 12. Y aunque verdade ramente eran diferentes oficios el del Procurador del Cefar, y Procurador del Fifco. Orofcius abi fup. num.4. Ramirez d. num.12. Peregr. de iure Fifci, lib.1. num.7. Porque el Procurador del Cefar cobraba el patrimonio del Cefar, que procedia de caufa priva da, el Procurador del Fifco el patrimonio del Ce35 far, que procedia de caufa publica, Peregrin, obê proximè, con facilidad fe confunden eftos dos patrimonios entre fi, Ramirez vbi fup. Carolus Tapia in 36 iure Regni Neapol, lib.2. rub. 6. num. 9. Y afsi el Procurador del Cefar tambien fe llama Procurador del Fifco. Muchos deftos, y otros nombres, que tenia antiguamente efte oficio, traen à mas de los dichos Doctores, Mariano Freccia de feudis, in tit. de offic. magni. Camerarij num.2.& 14. & eleganter Pancirolus in notitia Imperij Orient. cap.87.

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Ni obfta à lo dicho lo que Ramirez quifo feña lar, que el oficio de Theforero general correfponde al del Procurador del Cefar, fundandofe en que el Theforero cobra las rentas del Rey, que proce den de caufa privada; pero en efte Reyno efta regla. no es cierta; pues como fu Mageftad es dueño de fu patrimonio, quien difpone lo cobra, fin loc que se 38 repare en efto. Y efto fe verà con un exemplo, pues las cenas de prefencia, y aufencia, que antes las co braba el Bayle general, oy las cobra el Theforero general mediante fu Lugarteniente. A mas que el Theforero nunca ha fido Juez de las caufas Fifca les, prebeminencia que tuvo el Procurador del Ce

far;

fary aunque el Jufticia de Aragon es Juez en efte 39 Reyno entre el Rey, y los particulares, por lo qual Bardaxi in tit. de offic. iuft. Ara, num.5.& in for. vnico, quod inhibitiones Iuft. Arag. dixo que correfpondia al oficio det Procurador del Cefar, confieffo le parece en efto; mas el Jufticia nunca ha cobrado las rentas Reales, preheminencia que el Procurador del Cefar tuvo, y afsi à ningun oficio con la propriedad que al de Bayle general fe puede atribuir en efte Reyno el correfponder al de Procurador del Cefar.

Por lo qual aunque pudiera dar mas antiguo 40 principio al oficio de Bayle general, porque, Efcolano en la primera parte de la biftoria de Valencia, lib.5. cap. 25. num. 5. y Fray Diego Murillo en las Excelencias de Zaragoza, tract.2. num.2. cap.3. fol.21. dizen, que es muy femejante al oficio de Queftor, que en la Republica Romana cobraba las rentas, y tributos, 4 Feneftella de Magift. Rom. cap. 3. à quien refiere Vlpiamo in l. 1. de offic. Quaft. Carolus Sigonius de antiquo. iure provin, lib.2. cap.8. Y era efte oficio tan antiguo, 42 que fegun la opinion de Vuefembecio in d. tit. de offic. Queft, es del tiempo de los Reyes de Roma; y aun que à efto le quitemos lo que quiere Jufto Lipfio de Magift. Roman. cap. 16. que dize le inftituyò el oficio de Queftor Pecunario el año 269. de la fundacion de Roma, es mas de 450. años antes que imperaffe Augufto, fegun el computo de Antonio Concio, y 44 -Carlos Sigonio en fus faftos confulares, no me ha parecido apartarme de la comun opinion de que nuef

tro

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tro oficio de Bayle general correfponde al Procura dor del Cefar, pues al de Queftor folamente tiene alguna fimilitud.

En Cataluña, y Valencia ay Bayles generales, 45 que tienen la mifma jurifdicion que el nueftro. El Maeftro Gil Gonzalez de Avila, en el Theatro de las Grandezas de Madrid, lib. 4. fol. 434. En Cataluña es antiquifsimo Magiftrado, Olivan. de iure Fifci cap. 4 num. 55. En Valencia inftituyeron efte oficio nueftros Reyes de Aragon, como fe colige de Efcolano. 1. tom. de la hiftoria de Valencia, lib.5. cap.25. num. 5. No tengo noticia que en otras partes aya avido Ma48 giftrados con femejante jurisdicion, con nombre de Bayles; pues aunque en el imperio de Conftantinopla huvo un oficio, que fe llamò: Magnus Baiulus, ex Georgio Codino, Laurentius Pignorus de fervis, fol. 49 192. era el Maeftro del Principe, como dize Julia * Cefar Bulengero, lib. 8. de Imp. Rom. cap. 17. oy en aquel defdichado Imperio el Oficial que tiene el Gran Turco, para recoger fus tributos, fe llama Tefteder, Philippus Lonicerus Turcica hift. lib.2.cap.27. Y aunque en Francia, como dezia en el principio num. 7. ay Oficiales, que fe llaman Bayles; el que correfponde al nueftro antiguamente fe llamaba, Procurador Regio. Juan Faber in §. fin. num. 4. inft.de 51 except. aora fe llama, Procurador Regio general, Eguin. Baro, tit. de offic. pro Cafar. in fine, añadiòfe general para declarar la autoridad, y grandeza defte oficio, 52 y para diferenciarle de los Procuradores particulares de las Provincias, que folo fe llaman Procura

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I

do

dores Regios, Mornacius in d. tit. de offic. pro Cafa ris, que es lo mifmo, porque fe llama Bayle general el nueftro para diferenciarle de los Bayles particulares, y para declarar la fuperioridad que tiene en ellos, En Caftilla el oficio, que es feme- 53 jante à efte, y correfponde al de Procurador del Cefar, es el de Prefidente de Hazienda, Oroscius vbi [up. num.15. Garcia de nobilitate glof.3.num.6. fol.90. Aunque muy bien fe pudiera defender, que con 54 mayor propriedad fe verifica efto en el Mayordomo mayor de fu Mageftad, `ex traditis à Gil Gonzalez de Avila en dicho Theatro de Madrid, lib. 3. tit. de Mayor domo mayor, fol.313.

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En efte Reyno es muy dificultofo el dàr la antiguedad de los Magiftrados, por no tener noticia del origen de los Fueros mas antiguos, que los que hizo el Rey Don Jayme el Primero, vt ex Epifcopo Vitali, Bardaxi de officio gubernation. quæft.1. num.Į. pero defde entonces ay noticia de efte oficio, como 56 confta del Praemia, que dicho Rey Don Jayme hizo à los Fueras año 1247. Y tambien ay mencion de èl en el Fuero Nullus ludaus. de Iudæis, & Sarrac. que fe hizo el mismo año, y en los Fueros del año 1301. en el Fuero vnica de vfuris, que eftà en los inusitados, fol. 6. Y en efte tiempo, que fue quando efcriviò 57 Vitalis, yà cobraba el Bayle las Rentas Reales, como fe colige del Fragmento que imprimiò Blancas fuyo, fol. 306. Defpues el Rey Don Pedro el Quarto qui-58 tò efte oficio de Bayle general, y nombrò diverfos Procuradores para cobrar fus Rentas; y el mif C

mo

mo Rey Don Pedro en el año 1348. quitò eftos 39 Procuradores generales, que èl avia introducido, Уу mandò fe bolvieffe el oficio de Bayle general al eftado en que antes estaba en efte Reyno, por Fuero, y antigua coftumbre, For. vnicus, quod de cætero offic. Baiulia, fol. 27. vbi Bardaxi in prin. Molinas ver. Baiulus, fol. 46.

§. Segundo.

El Bayle general ha de fer natural de efte Reyno, y fe explica el Fuero tit. quod extraneus à Regno, fol.37.

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L Rey Don Jayme el Segundo en el año 1300. en las Cortes que celebrò en la Ciudad de Zaragoza, difpufo, que el Bayle general de Aragon fea Aragonès, For. 1. quod officiales Arag. fint de Ara2 gonia, fol.36. y lo dizen Molino ver. Baiulus, fol. 46. Morlanes en las Alegaciones del Virrey eftrangero, num. -1035. Y afsi porque el Rey Don Alonfo el Quinto fiendo primogenito proveyò efte oficio de Bayle 3 general, por muerte de Moffen Ramon de Mur, Cavallero de efte Reyno, en Alvaro de Garabito eftrangero; el Jufticia Juan Ximenez Cerdàn diò firma para que no le tuvieffen por Bayle: dizelo el mifmo jufticia en la Epiftola que eftà impreffa en los Fueros, fol. 49. Y aunque fue tanto el defabrimiento que tuvo el Rey, de que fe proveyeffe efta

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