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inauguración del marco del Beni; y que al mapa se le habia puesto ese titulo por tener que completarse con los trabajos de la segunda sección, para los cuales habia lugar; pero que no habiendo llegado de esos trabajos mes que las posiciones geograficas de los puntos principales, proponia ỏ que los dos fuesen remitidos a Rio de Janeiro, para ser completados con los detalles geograficos a examinados despues por los Señores Comisarios bolivianos, ó que quedando ya cada una de las Comisiones con el original que le pertenece fuese enviado de Rio el diseño de la parte que falta para que sea puesto en el original boliviano por la respectiva Comisión; y que en el caso de ir a Rio los dos originales fuesen alli firmados por los ingenieros de la segunda sección.

<< El Señor Minchin dijo, que en vista de las difficultades de trasportar el mapa a Bolivia, con seguridad y sin daño, con motivo del pesimo estado de los caminos en la actual estación lluviosa, aceptaba la propuesta de mandarlo por la via de Rio de Janeiro, para que allá reciba solamente las firmas de los miembros ausentes de la Comisión brazilera, y que en seguida se remita a Bolivia juntamente con una cópia de los trabajos de dichos miembros, para que pueda completarse por la Comisión Boliviana.

<< El Señor Jimenez, Comisario de Bolivia, aceptó la propuesta de la remisión da la carta por la via de Rio de Janeiro, con el objeto de que solo sea firmada por los miembros de la segunda sección de la Comisión brazilera, y agregó que cada una de las comisiones debia hacer constar, por una diligencia especial, la adición que haga a su respectiva carta, en vista de los trabajos de dicha seccion; y en elle convine la Comisión mixta. >

No existe en nuestros archivos huella de que se hubiese trasmitido a Bolivia, cópia del Acta relativa a la fijación de marco en el Madera. Los « Relatorios » de Brazil, correspondientes a los años 1871, 77 y 78, en los cuales se encuentra desenvuelta la historia de la demarcación de nuestra frontera con aquel País, tampoco registran el documento mencionado.

El mapa a que se refiere el Acta trascrita en parrafo anterior, no se halla en la biblioteca del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se extravió probablemente ô no llegó a recibirsele.

Es posible que el mojón levantado en el occidente del Madera ocupe la altura de 10o 22', à causa de algun accidente no previsto en el Tratado, ó por error de calculo; pero cualquer que sea el motivo no ha de olvidarse su rectificación, ya que el texto del Pacto a que Bolivia hizo pleno homenaje, defiende el esclarecimiento de la equivocación antedicha, si la hay.

Ese mismo Pacto determina el alinderamiento en los dos estremos de la linea

divisoria con el Brazil; y si hemos de confiar en la circunspección de los estadistas republicanos que hoy dirigen los destinos del antiguo Imperio y en la justicia con que demandamos el lleno de un compromiso internacional, no es aventurado creer que se llegará al fin propuesto.

El coronel José Manuel Pando, designado por el Gobierno de Bolivia para presidir la Comisión demarcadora de la linea que falta recorrerse, habiendo aceptado el cargo, se ocupa en estos momentos de verificar estudios preliminares que le habiliten, para concurrir oportunamente con el Comisario del Brazil a las operaciones de deslinde.

El Ministro Señor Tamoyo llevó a Rio otros dos importantes cometidos; la negociación de un nuevo tratado de comercio; y el estudio del sistema de Aduanas que conveniese adoptar en nuestros Puertos septentrionales.

Inicio las gestiones relativas bajo favorables auspicios; y cuando habia ya obtenido promesa de proceder a la discusión de un proyecto de Ajuste, sobrevino la rebelión del Almirante Mello contra el Gobierno del Vice-Presidente Mariscal Peixoto.

No fué, pues, posible a nuestro representante, continuar la negociación, y mucho menos concluirla bajo semejante estado de cosas.

Instruimos a la Legación para ajustar los capitulos sobre comercio, de la siguiente manera:

<< Libre transito de productos y mercaderias que se internaren del estranjero <a Bolivia y se exporten de esta para el Brazil por los territorios y rios de la « jurisdicción de este », en el entendido de que el derecho universal consagra esa franquicia a los paises superfluviales y en consideración de que las utilidades del convenio serian mayores para las poblaciones e industrias del Brazil, que para las comarcas deshabilitadas e industrias informes de las regiones orientales de Bolivia, unicas llamadas a participar de sus ventajas.

Excención de derechos centrales y provinciales para productos naturales ỏ manufacturados que se saquen de los departamentos bolivianos de Santa Cruz, Beni, Cochabamba, Chuquisaca y la Paz, con destino al consumo de las provincias brazileras de Mato-Grosso, Amazonas y Pará y vice-versa de los iguales que proceden de estas y se internan a aquellas.

Rebaja del veinticinco por ciento de contribuciones de toda clase sobre articulos de origen ó fabrica boliviana que se importen a las plazas del Brazil para su

consumo.

El Imperio en reciprocidad a la liberación de derechos, acordada solamente a los azucares, melazos, café y cueros, por los Estados Unidos del Norte, declaró li

beración de derechos a un gran numero de artyculos Americanos y estatuỏ la rebaja del 25% de gravamen a todas las producciones naturales y manufacturadas de dichos Estados.

Nuestras comarcas fronterizas con el Brazil demandan un sistema proteccional semejante, y es seguro, que demostrando la utilidad que el reportaria al COmercio brazilero y al progreso de esas regiones, podria obtenerse la Convención correspondiente.

Con respecto al servicio aduanero, se consignó dentro de las Instrucciones de la Legación, lo siguiente:

Estudiar cual metodo convendria a Bolivia.

1.

Comunidad aduanera: a partir rendimientos con el Brazil, cobriendo este todos los gastos; a retirar cada Estado la porción de su renda, sosteniendo sus empleados independientes?

<2.° Arrendamiento de aduanas: al Estado del Brazil ó a empresas particulares? > << Cual la renda calculable para tal operación? Cuales los mercados ante los que

« se ofreceria el negocio ? »

3.o« Aduanas independientes que medidas deberian dictarse para mejorar su << servicio y garantizar la renta de ellas? »

El ministro Señr Tamoyo dirigió en noviembro ultimo un informe resumido asi : << El criterio que se tiene formado en el Brazil, lo mismo que en los Estados del << Plata sobre la producción de la Aduana de Villa-Bella, es que no representa ni << la cuarta parte de la renta que Bolivia debia retirar legitima y legalmente.»

< Las razones de esta observación se fuudan: 1°, en el contrabando, plaga de los Estados en embrión en que las usurpaciones al fisco no se reputan como delitos; 2o, en la falta de educación administrativa que ocasiona la mas completa ausencia de las nociones del deber en los funccionarios publicos; y 3o, la falta de hombres preparados y entendidos en la materia.

<< Aduana comun: a partir rentas no parece equitativo para el comercio boliviano, porque los derechos brazileros son demasiado recargados, y sujetando el comercio boliviano a las elevadas tarifas que rigen en el Brazil, se estableceria un gran desnivel, con respecto a los ciudadanos bolivianos que hacen el comercio y proven a sus consumos por otras vias y por distintas aduanas.

<< Es menester tener entendido que la importación y la exportación en el Brazil estan gravadas con derechos nacionales que se pagan al fisco federal y con derechos que aqui se llaman estadoaes, y que son los que cobra el distrito a cuya jurisdicción pertenece cada aduana.

<< Establecer en cada aduana un personal doble, y con doble legislación, no

seria mas que mantener los inconvenientes de la actualidad con el solo cambio de la forma.

<< La unica base posible es por lo visto, entregar las aduanas a una sola jurisdicción para que se haga el aforo distinguiendo las mercaderias correspondientes al comercio del Brazil y al de Bolivia, bajo la vigilancia de un alto funccionario; que las liquidaciones se hagan respecto al comercio boliviano, con solo la aplicación de derechos nacionales ó federales, y otorgando ademas sobre dichas liquidaciones, la rebaja del 25 % en la aduana de Corumbá y Cadel y la de 12% en la de Villa-Bella.

« Estas rebajas tendrian el doble objeto: 1o, de garantir el derecho boliviano, y 2o, procurar en lo posible el nivel con los otros departamentos de Bolivia.

<< La misión que representará el Señr. Medina, nombrado en remplazo del Señr. Tamayo, vá instruido de adelantar los estudios anteriores, afin de promover una Convención aduanera sobre bases satisfactorias al buen servicio publico, al erario y al comercio por el puerto de Villa-Bella y por los que proximamente se fundarán sobre los importantes canales del Acre, Purús, Juruȧ y otros de nuestra jurisdicción. >>

N. 95.

Protesto do Perú, dirigido ao Governo Boliviano, contra o ajuste de limites por este

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Señor Ministro.-El infrascrito, Ministro de Relaciones Esteriores del Perú, tiene el honor de dirigirse a S. Ex. el Señor Ministro de igual clase de la Republica de Bolivia, con motivo del tratado que se ha celebrado en la Paz entre Bolivia y el Brazil el 27 de marzo del presente año, y a fin de salvar los derechos del Perú comprometidos en ese acto internacional.

Poco tiempo despues de la llegada del Sñr. Lopes Netto a Bolivia, comenzó a hablarse de la negociación de un tratado de límites, y solo ultimamente se tuvo noticia de la celebracion de un importante facto entre los dos paises.

El infrascrito, que, por diferentes motivos, debia hacerse interprete del interes que tiene el Perú en todo lo relativo a Bolivia, habló sobre el particular al Sñr. Benavente, pero S. Ex. no tenia conocimiento alguno del contenido de aquel tra

tado; y el Gobierno del Perú ha aguardado a que ese notable documento fuese publicado en los periodicos, para imponerse de su contenido.

El infrascrito habia creido que era conveniente, para las republicas aliadas, darse conocimiento de sus negociaciones diplomaticas mas importantes; y no solo tenia sino que conserva aun el proprosito, de no concluir ningun pacto de alguna gravedad, sin comunicar su pensamiento a las republicas hermanas, que estan llamadas a formar entre si una entidad internacional.

Por lo mismo, habria deseado encontrar en Bolivia el mismo pensamiento y fortificar la unión por una reciprocidad de miras y de sentimientos que parece desprenderse de la situación actual.

En el presente caso, la confianza entre el Perù y Bolivia tenia otros motivos de justificación, nacidos, por un lado, del estado en que se encuentran las relaciones de límites entre las dos republicas, no definidas aun, y por otro, de no hallarse todavia concluidas entre el Perú y el Brazil, las negociaciones relativas al mismo objeto.

Por lo mismo, la prévia inteligencia entre las dos republicas, no habria sido perjudicial, sino, talvez, muy util al buen resultado de la negociación.

Nada se halla, sin embargo mas distante del Gobierno del Perú, que la idea de ntervenir en lo menor en las cuestiones que son de la esclusiva competencia del Gobierno Boliviano.

Asi, el no entrará en el examen del tratado, en la parte que se refiere unicamente a Bolivia.

Sin embargo, cree, de acuerdo con lo que en otra ocasión manifestó el gabinete de Sucre, que el principio del uti-possidetis, pactado en el primer acapite del arti culo 2o, y si bien puede invocarse con justicia en las controversias territoriales de los Estados hispano-americanos que dependian de una metropole comun y que durante el coloniaje no eran sino diversas secciones administrativas, no pueden tener aplicación al tratarse, como al presente, de diversas metropolis, entre lis cuales habia pactos internacionales que reglaban los diferentes dominios, legitimando y confirmando la posesión que fuese conforme a el y condenando la que le fuese contraditoria u opuesta.

Effectivamente, el principio de la posesión actual no puede servir de regla, sino cuando la propiedad no ha sido reconocida. Asi el uti-possidetis no podria tener lugar entre Bolivia y el Brazil, porcuanto estos dos paises tienen un derecho escrito sobre la materia.

Por razones de diverso jénero, el uti possidetis entre el Peru y Bolivia, aunque puede ser invocado en ciertos casos, es insuficiente en otros, porque, habiendo

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